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De EPJA (Educación de Personas Jóvenes y Adultas) a AEA (Aprendizaje y Educación de Adultos)
EPJA: Educación de Personas Jóvenes y Adultas En la mayoría de países de América Latina y el Caribe viene usándose la sigla EPJA (Educación de Personas Jóvenes y Adultas). Esta denominación se adoptó en los 1980s en el marco del Proyecto Principal de Educación para América Latina y el Caribe (1980-2000), coordinado por la Oficina Regional de la UNESCO (UNESCO-OREALC). Se decidió hablar de "personas jóvenes y adultas" y evitar así referirse a "los adultos", por un tema de género. Se incluyó la palabra jóvenes para destacar la relevancia y especificidad de los jóvenes en los programas llamados de educación de adultos. AEA: Aprendizaje y Educación de Adultos En 1997 y 2009 la Conferencia Internacional de Educación de Adultos de la UNESCO (CONFINTEA) propuso actualizar la Recomendación sobre la educación de adultos vigente desde 1976. En 2013 la Conferencia General de la UNESCO decidió revisar la Recomendación de 1976 a fin de reflejar los avances y los nuevos desafíos del campo. El Marco de Acción de Belém adoptado en 2009 en la CONFINTEA VI en Brasil fue la base para la Recomendación adoptada en noviembre de 2015. El nuevo nombre elegido fue Aprendizaje y Educación de Adultos (AEA). La Recomendación sobre aprendizaje y la educación de adultos de 2015 reemplazó a la Recomendación sobre educación de adultos de 1976. La nueva Recomendación destacó el aprendizaje y el paradigma del Aprendizaje a lo Largo de la Vida (ALV), a tono con las nuevas tendencias educativas y con el Marco de Acción Educación 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), la nueva agenda mundial de desarrollo aprobada en 2015. En la nueva Recomendación se definieron tres áreas fundamentales de aprendizaje en el marco del AEA: alfabetización y competencias básicas, educación continua y competencias vocacionales, y educación comunitaria y competencias ciudadanas. Y se establecieron cinco ámbitos transversales de acción: políticas, gobernanza, financiamiento, participación, inclusión y equidad, y calidad. La UNESCO considera que hay un avance en tanto "se aplica un planteamiento integral y sistemático" que ayudará a los países a alcanzar el Objetivo de Desarrollo Sostenible 4: "garantizar una educación inclusiva y equitativa de calidad y promover oportunidades de aprendizaje a lo largo de toda la vida para todos". La redacción de la Recomendación sobre el AEA se hizo al mismo tiempo que la Recomendación sobre la educación y formación técnica y profesional (EFTP) de la UNESCO, a fin de asegurar coherencia y reforzamiento mutuo entre ambas normativas. El Instituto de la UNESCO para el Aprendizaje a lo Largo de la Vida (UIL-UNESCO) es el encargado de promover la aplicación de la Recomendación de 2015 y de darle seguimiento. b) menciona solo a adultos, no a jóvenes, como ha sido tradición en el campo de la educación de adultos (entendiendo como adultos a las personas a partir de los 15 años de edad). "Dado que las fronteras entre la juventud y la edad adulta son fluctuantes en la mayoría de las culturas, en este texto el término adulto designa a quienes participan en el aprendizaje y la educación de adultos, aún si no han alcanzado la mayoría de edad legal".
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